Buenas, buenas… ¿Cómo están? Espero
hayan tenido muy buen comienzo de año, que pudieran disfrutar de algún descanso
aunque breve y que gocen las energías para afrontar este año que recién –recién-
empieza.
Disculpen mi insistencia, ya escribí
sobre este tema en agosto del 2010, pero no puedo evitar hacerlo nuevamente.
Minería. En la televisión vemos que los pueblos de Famatina (La
Rioja) y Andalgalá (Catamarca) son los que aparecen como eje de una protesta en
contra de la explotación minera. Si bien en el post que subí dos años, hablaba de los perjuicios medioambientales que trae la explotación
minera con cianuro, en esta oportunidad hablaremos de la aplicación de la “Ley
antiterrorismo” (aprobada el 23/12/11).
La misma establece entre otras
cosas lo siguiente:
Artículo 41 quinquies:
Cuando alguno de los delitos previstos en este Código hubiere sido cometido con
la finalidad de aterrorizar a la población u obligar a las autoridades públicas
nacionales o gobiernos extranjeros o agentes de una organización internacional
a realizar un acto o abstenerse de hacerlo, la escala se incrementará en el
doble del mínimo y el máximo.
Artículo 300: Serán
reprimidos con prisión de seis (6) meses a dos (2) años:
1º. El que hiciere alzar o bajar
el precio de las mercaderías por medio de noticias falsas, negociaciones
fingidas o por reunión o coalición entre los principales tenedores de una
mercancía o género, con el fin de no venderla o de no venderla sino a un precio
determinado.
Artículo 307: El mínimo de la
pena prevista en el artículo anterior se elevará a dos (2) años de prisión y el
máximo a seis (6) años de prisión, cuando:
a) Los autores del delito utilizaren o
suministraren información privilegiada de manera habitual;
b) El uso o suministro de información
privilegiada diera lugar a la obtención de un beneficio o evitara un perjuicio
económico, para sí o para terceros.
Artículo 309: Será
reprimido con prisión de uno (1) a cuatro (4) años, multa de dos (2) a ocho (8)
veces el valor de las operaciones realizadas e inhabilitación especial hasta
seis (6) años, el que por cuenta propia o ajena, directa o indirectamente,
realizare actividades de intermediación financiera, bajo cualquiera de sus
modalidades, sin contar con autorización emitida por la autoridad de
supervisión competente. En igual pena incurrirá quien captare ahorros del
público en el mercado de valores o prestare servicios de intermediación para la
H. Cámara de Diputados de la Nación.
O sea, en lo que respecta al
artículo 41 quinquies todo aquel que corte una vía de circulación pública, con
la finalidad de protestar/exigir está cometiendo una acto de terrorismo, pues
aterroriza/intimida a otra parte de la población. Dicho de otro modo, todas las agrupaciones
piqueteras, organizaciones
ambientalistas, representantes de las minorías étnicas, las comunidades aborígenes,
los grupos antirracismo y xenofobia y los sindicatos/gremios que han hecho del
corte de calle/piquete/movilización el instrumento por excelencia para llegar a
los veedores de la satisfacción de sus demandas, han incurrido en el “delito de
terrorismo” de acuerdo con este artículo.
Porque digo esto, porque a un
grupo de manifestantes de “La lumbrera” en Amaicha del Valle (Tucumán) se les
aplicó el artículo 41 de la ley, ergo, se envió la fuerza pública para suprimir
la protesta. Lo mismo ocurrió en las localidades catamarqueñas de Belén y
Tinogasta.
No estoy de acuerdo con el corte
de calles, que quede claro. Pero no estoy a favor de que el gobierno mezcle,
como en un coctel lo bastante nocivo la ley anti-lavado con el anti-terrorismo.
De todos modos, no les tengo que
recordar que el gobierno nacional y los gobernados de Tucumán, La Rioja y San
Juan apoyan la minería porque tienen intereses económicos comprobados en
diferentes empresas, todas dedicadas a la explotación minera o su logística ¿o sí debo
hacerlo?
Sin ir mucho más lejos, la mismísima
primera mandataría se reunió en varias oportunidades con el dueño (dice dueño)
de la canadiense Barrick Gold, a quien le aseguró tiempo de explotación y
ventajas fiscales.
Fotografía publicada el 26/09/ 2009 http://bolsonweb.com.ar/diariobolson/detalle.php?id_noticia=23805
Fotografía Publicada el 04/08/10, 14:57:31 http://www.diariopolitica.com/foro/cristina_kirchner_y_gioja_defendieron_a_barrick_gold_no_contaminan_noticias_9404.html
A modo informativo, los conflictos
surgidos de la explotación de recursos naturales, no solo minería, se han
incrementado considerablemente desde el año 2003 ¿Por qué será? Cito algunos
lugares que me vienen a la memoria:
Los desmontes de Salta, Formosa y
Chaco. Las pasteras de Tucumán y Santa Fé.
La mina de Piquitas en Jujuy y la de Cerro la Vanguardia en Santa Cruz.
Me preocupa la ceguera y el desinterés de la
ciudadanía, pero más me preocupa la anestesia moral de nuestros legisladores “nacionales
y populares”, inmóviles en su mayoría porque no solo minerales salen de la
extracción de las minas. El vil metal, es también un poderoso paralizante.